CONVOCATORIA DE HUELGA DE CNT-AIT (10 al 30 de septiembre)

                                                                                                                    Aranjuez, 10 de septiembre de 2020.

Estimadas familias:

Por la presente os comunicamos las últimas noticias recibidas en la tarde de ayer, desde la Dirección de Área Territorial Madrid-Sur, acerca de la convocatoria de huelga de CNT-AIT que abarca desde el 10 al 30 de septiembre, y que se encuentran publicadas en el BOCM núm. 218 del martes 08 de septiembre de 2020, por el que se fijan los servicios mínimos esenciales en los centros de enseñanzas no universitarias.

  • La organización sindical Sindicato Único de Enseñanza e Intervención Social de CNT-AIT Madrid comunicó el día 30 de agosto de 2020 a la Dirección General de Trabajo la convocatoria de huelga para los días 10 al 30 de septiembre de 2020, extendiéndose la misma a todos los trabajadores y trabajadoras de los centros de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid. Según expone el convocante, la huelga se iniciará a partir de las 1:00 horas del jueves 10 de septiembre de 2020, hasta las 23:00 horas del miércoles 30 de septiembre de 2020.
  • Según Orden 2053/2020, se ha alcanzado acuerdo para establecer los servicios mínimos que son los que siguen a continuación:
2.1. Para todos los centros docentes: Director y Jefe de Estudios. En defecto de cualquiera de ellos, el Secretario del centro docente para todos aquellos centros educativos con Educación Infantil y Primaria y un Graduado en Enfermería, en aquellos centros donde exista este personal por contar con alumnos con necesidades sanitarias, un auxiliar de control e información por cada turno del centro y el 50 por 100 de la plantilla del personal que realice tareas de limpieza en aquellos centros docentes donde la prestación del servicio se lleve a cabo con personal propio de la Comunidad de Madrid.
2.2. En centros ordinarios que atiendan a alumnos con necesidades educativas especiales: además de los establecidos con carácter general para todos los centros, un maestro o profesor por cada 50 alumnos con dichas necesidades o fracción, un tercio del personal no docente con atención directa a los alumnos, excluidos los de las categorías de Fisioterapeuta y Terapia Ocupacional.

                                                                                                    EQUIPO DIRECTIVO.

Colegio Carlos III
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